Mayordomía
Con fecha 2 de junio de 2013 fueron aprobadas en Cabildo General de Hermanos las cuentas anuales. También se aprobaron las cuotas anuales de los hermanos teniendo el siguiente desglose:
- Hasta los 14 años: 5 euros.
- Mayores de 14: 15 euros.
A partir de 2024 las cuotas anuales quedan así:
- Hasta los 14 años: 5 euros.
- Mayores de 14: 20 euros.
El pago de las cuotas anuales puede hacerse bien por domiciliación bien mediante ingreso en la cuenta bancaria de la hermandad.
Recordamos que por la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo, podrás beneficiarte de importantes deducciones por tus donativos:
- Hasta los 14 años: 5 euros.
- Mayores de 14: 15 euros.
A partir de 2024 las cuotas anuales quedan así:
- Hasta los 14 años: 5 euros.
- Mayores de 14: 20 euros.
El pago de las cuotas anuales puede hacerse bien por domiciliación bien mediante ingreso en la cuenta bancaria de la hermandad.
Recordamos que por la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo, podrás beneficiarte de importantes deducciones por tus donativos:
➢ Hasta 150,00 € la desgravación es del 80%.
➢ Si el donativo supera los 150,00 €, al resto de lo donado se le aplica una deducción del 35%.
➢ En caso de hacer donaciones periódicas, a partir del tercer año la deducción sería del 40%, solo en caso de que las cantidades sean iguales o superiores a los dos ejercicios anteriores.
Límite deducción base liquidable 10%
Límite deducción base liquidable 10%